A través de la Ley N° 26.509 se dio por declarado en la Provincia de Río Negro a las actividades frutícola, hortícola, vitivinícola y de frutos secos, en la totalidad del Departamento General Roca y en la Localidad de Río Colorado del Departamento Pichi Mahuida, por el término de un año a partir del 19 de julio de 2018.

Los productores afectados deberán presentar el correspondiente certificado extendido por la autoridad de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en el artículo N° 8 perteneciente a la ley antes mencionada.