El Gobierno publicó en el Boletín Oficial el decreto 229 que prorroga hasta fin de año el Bono Fiscal, un beneficio creado en 2001 para la industria local. Sin embargo, pagará un 20% menos de lo que venía haciendo.

En 2001, cuando se eliminaron los derechos de importación para bienes destinados a la inversión, se instituyó un bono de libre disponibilidad del 14% sobre el valor de esos bienes para compensar a los fabricantes locales. Ese beneficio se prorrogó en diversas situaciones y, según los fabricantes, el año pasado en realidad cubría un 11 a 12 por ciento del valor original.

Ahora, el Gobierno introdujo cambios por lo cual se abonará un 80% del beneficio. Vale recordar que las empresas solían trasladar el beneficio al precio de las máquinas con una reducción del valor.

Una fuente del Ministerio de Producción confirmó la reducción del valor y agregó: "El objetivo para los próximos años es transformar gradualmente este régimen en un incentivo que permita bajar el costo del capital para las empresas del sector, promover la mejora tecnológica y potenciar la capacidad exportadora, previendo las mejoras de competitividad que implicará la reforma impositiva en términos de reducción de la carga tributaria de estas empresas, en su mayoría pymes".

El año pasado, el Gobierno modificó la base del cálculo del beneficio para premiar a las empresas que producen con mayor valor agregado.

"El trámite pasa a ser íntegramente por la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Se elimina, además, el registro de fabricantes de bienes de capital, lo que agilizará la presentación de las empresas y aquellas que han cobrado el bono durante los últimos dos años, percibirán el beneficio antes de recibir la auditoría", indicó la fuente.

Las auditorías sobre las empresas serán a posteriori y en caso de no cumplir con lo informado "deberán devolver los impuestos cancelados", según la fuente.

Héctor Tristán, especialista impositivo, indicó que además de prorrogarse el beneficio el decreto establece que las solicitudes de emisión de bonos fiscales deberán ser efectuadas por facturas emitidas hasta el 31 de diciembre de 2017, cuya presentación deberá ser formalizada hasta el 31 de marzo de 2018 como fecha límite.

Tristán agregó: "El 31 de marzo de 2019 es la fecha límite de solicitud de la emisión del bono fiscal con respecto a las operaciones de venta de los bienes de capital incorporados en el presente régimen, en la medida en que la factura correspondiente y la entrega del bien se hayan realizado hasta el 31 de diciembre de 2018 y la factura no cuente con más de un año de emisión. Antes este plazo era de hasta dos años".

Para Pablo Basta, gerente del Centro Industrial de Las Parejas, "es positivo" que continúe el beneficio y se simplifiquen los trámites. No obstante, agregó: "la reducción es la parte negativa". En el sector prevén que disminuirá el beneficio que los fabricantes trasladaban a los clientes.