En diciembre 2017, la comisión Agraria aprobó el dictamen que establece los nombres comerciales que deberán llevar los productos lácteos de acuerdo a los procesos industriales y solo podrá denominarse leche evaporada aquella que resulte del proceso de extracción parcial del agua únicamente de la leche cruda sin ningún tipo de ajuste ni inclusión de ningún otro insumo. También establece que los productos que resulten de la combinación de leche cruda y otros insumos deberán llamarse producto lácteo, producto lácteo compuesto, reconstituido o recombinado, según sea el caso.

La Asociación de Ganaderos Lecheros del Perú dice que la norma ayudará a fortalecerse frente a la industria. Sin embargo, Gloria considera que es perjudicial puesto que no tiene en cuenta sus procesos industriales y por tanto los limita a utilizar la nomenclatura de leche