En reunión de asesores presentaron dos investigaciones que relataban el daño por el contacto directo con agroquímicos. Los técnicos acordaron convocar a los ministerios de Ambiente y Agroindustria para que hagan sus aportes. Se especula con que éste último no tendría intenciones de que se apruebe.

El proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos de protección ambiental para la manipulación y aplicación de agroquímicos –Expte Nº 791-S-17– fue puesto en consideración en la última reunión de asesores de la comisión de Ambiente. Allí, un abogado que recorrió varios pueblos del interior, presentó una investigación acerca de la utilización de distintos productos químicos en las producciones de alimentos y su directa relación con enfermedades y muertes de niños y pobladores locales.

También estuvo presente Fernanda Sández, autora del libro “Argentina fumigada. Agroquímicos, enfermedad y alimentos en un país envenenado”, quien relató una serie de entrevistas que realizó en varios pueblos afectados por las fumigaciones y pidió por una normativa urgente.

Durante la reunión no se debatió el proyecto, pero los asesores acordaron convocar a los ministerios de Ambiente y de Agroindustria -posiblemente el martes 12 de septiembre- para que opinen sobre la propuesta. Desde la comisión advirtieron que, en caso de no acudir, convocarán a reunión plenaria con Agricultura para poner en consideración el proyecto. Sin embargo, no habría el consenso suficiente entre el cuerpo de asesores para avanzar con un pre dictamen.

Vale aclarar que el proyecto es cabecera en la comisión de Ambiente, que el propio Solanas preside. En caso de alzarse con un dictamen, será el turno de la comisión de Agricultura, a cargo del “agrosenador”, Alfredo de Angeli (PRO-Entre Ríos). Para terminar, Pedro Guastavino (FPV-PJ-Entre Ríos), titular de la comisión de Justicia, será la última pieza de este rompecabezas, cuyo futuro aún se desconoce.

Más sobre el proyecto

• Ante la “duda razonable” acerca de la delimitación del área de protección ambiental, el aplicador debe solicitar delimitación de la zona prohibida

• “Los productores, propietarios, usufructuarios, arrendatarios, aplicadores y/o persona jurídicamente responsable de un inmueble en el cual se apliquen agroquímicos serán solidariamente responsables de los daños ocasionados por violación a la Ley”.

• Prohíbe el tránsito, circulación, estacionamiento, guarda o depósito de las máquinas de aplicación en áreas urbanas

• Prohíbe la aplicación o manipulación de sus residuos en presencia de niños, niñas y adolescentes hasta los 18 años.

• Sanciones: apercibimiento; multa de entre el 5% y 50% del valor fiscal del inmueble; incautación de vehículos; inhabilitación para gestionar trámites administrativos a los fines de transportar y/o vender el producto cosechado.

• Agrega el principio de legitimación, según el cual, “toda persona que resultare afectada directa o indirectamente a causa de las acciones contempladas será considerada particular damnificado y con legitimación para efectuar las denuncias, reclamos administrativos y/o acciones judiciales correspondientes”.

• Establece que la prohibición de las fumigaciones aéreas comenzará a regir a partir de los dos años de sancionada la ley; mientras tanto prohíbe la aplicación aérea a menos de 5.000 metros del perímetro de zonas urbanas.

• Los argumentos del proyecto se valen de una serie de estudios nacionales e internaciones sobre el uso de agroquímicos y su impacto en la salud.

Fuente: Fundación Barbechando