Para octubre de este año, el Ministerio de Agricultura (Minagri) anunció que verá la luz el nuevo reglamento que definirá el porcentaje mínimo de cacao natural que deberán contener aquellos productos industriales que deseen venderse como chocolate en el mercado nacional.

Pío Armando Alania Álvarez, cacaotero de la cooperativa agraria Ascah, en la provincia de Padre Abad, región Ucayali, se mostró optimista sobre los efectos que tendrá este reglamento en la demanda de cacao peruano por parte de la industria que, estimó, crecerá en un 30%.

"El buen momento que viven los chocolates en el extranjero está jalando el consumo de chocolate de calidad, esto sumado con el reglamento, apuntalará las ventas en el mercado peruano", dijo.

Cabe precisar que, como por ahora el país no cuenta con un reglamento, Digesa se guía de los parámetros propuestos por el Codex Alimentario, que en el caso del chocolate normal - señala- que debe estar compuesto por el 35% de cacao, adicionalmente un 14% de la masa seca y 18% de manteca.

"Si no se cumple con uno de esos tres parámetros, no pueden llamar chocolate a sus productos", precisó Carlos Zúñiga, presidente de la asociación de Defensa del Consumidor Elegir.

"Como aún no hemos visto el reglamento anunciado por el Minagri, me da a entender que será más exigente que la norma internacional", indicó.

Ángel Manero, director de políticas agrarias del Minagri, señaló recientemente que en el mercado solo dos de doce productos que se venden como chocolates cumplen los nuevos estándares.

Manero reveló que ni el tradicional "Sublime" pasaría el mínimo exigido.

A esta marca, el ex congresista Jaime Delgado añadió otras doce que en su etiqueta usan la palabra "choco", pero en realidad no contienen el porcentaje mínimo de cacao, sino que están hechas de saborizantes.

Entre dichas marcas están el Chocman, Choko Soda, Choco Donuts y otras.

Una vez que el reglamento salga publicado, los industriales tendrán un plazo de seis meses para que puedan adaptar su producto a los nuevos requerimientos.

Según esperan los productores de cacao, será en ese momento en el que la industria deberá voltear hacia ellos, y elevar su demanda

Jaime Delgado añade que el cumplimiento de la norma no es opcional. "Hay versiones de que como las normas técnicas solo tienen carácter voluntario y el Codex Alimentario también, las empresas que producen golosinas con el nombre de chocolate no pueden ser sancionadas porque no hay ninguna obligación legal de por medio. Esto es completamente falso", anotó.

Señaló que el Código de Protección del Consumidor dice claramente que los alimentos deben llevar en su etiquetado de manera destacada la denominación que refleje su verdadera naturaleza, sin generar confusión ni engaño al consumidor.

"Y para determinar cuál es su verdadera naturaleza, las empresas y la autoridad deben acudir a la definición técnica del producto”, explicó.

El economista agrario, Dennis Pereyra, manifestó que si bien es posible que la demanda a los pequeños productores se incremente en el mediano plazo, existe también la posibilidad de que el precio del producto final suba, toda vez que su elaboración demandaría un costo mayor. Opinó que el reglamento apunta a incrementar el consumo per cápita de cacao, que ahora está por debajo de 1 kilo al año.

Un Decreto Supremo sin reglamento

En 1998, durante el gobierno fujimorista, se emitió el Decreto Supremo 007-98SA, que es el reglamento sobre vigilancia y control sanitario sobre alimentos y bebidas.

Dicho documento indica que si no hay reglamento para un producto industrial se tiene que usar el Codex Alimentario (que es la norma internacional).
Además, da un plazo de un año para iniciar la publicación de todos los reglamentos necesarios y así definir los estándares mínimos que deben tener los productos que ingresen al mercado.

"Han pasado 18 años y solo se tiene cuatro, hay un trabajo pendiente, y qué bien que se haya empezado de una vez", dijo Carlos Zúñiga, presidente de la Asociación Elegir a La República.